Las herencias se pueden efectuar por el Contador-Partidor que es la persona que tiene encomendada la función de realizar la partición de una herencia designada bien por el Testador – Contador-Partidor testamentario- bien por los interesados en la herencia – Contador-Partidor electivo- o designada por el Juez a petición de los interesados -Contador-Partidor dativo-. o el designado por la Ley de Arbitraje o la elección de Contador Partidor en la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Nosotros estamos capacitados para realizar cualquiera de las formas de nombramiento de Contador-Partidor, ya que tenemos una gran experiencia en la realización de este tipo de Herencias en la que se nombra a un Contador-Partidor para hacer la Partición y Adjudicar la herencia a sus herederos, legatarios, ... de acuerdo con la voluntad del causante que dictó testamento y en todo caso, conforme a la Ley.
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